El máximo tribunal consideró que entre la tentativa y la consumación del delito de contrabando existe un breve lapso sin variación de matices que no se presentan como dos momentos cualitativamente distintos, sino como parte de un continuo que tiene como eje entorpecer el control aduanero.
Una medida del Poder Ejecutivo que se orienta a financiar el fondo para estabilizar el valor del trigo en el mercado argentino.
Además estableció que el Tribunal no puede declarar la inconstitucionalidad de una ley o un reglamento, por lo que no corresponde declarar la invalidez de la norma que establece derechos de exportación en los casos en que deba expedirse sobre resoluciones de la Dirección General de Aduanas que deniegan su repetición
Ratificó así, el criterio sentado en el precedente "Gut Metal", sobre la base de lo resuelto por la Corte Suprema en "Camaronera Patagónicas".
El Máximo Tribunal anuló una resolución de la Sala II de la Cámara Federal de Casación que había disminuido el mínimo de la pena previsto legalmente por el Código Aduanero, al permitir una condena en suspenso por el delito de contrabando tentado.
Lo decidió la Cámara Federal con motivo de un recurso de apelación promovido por el Fisco Nacional. Anuló la decisión del órgano administrativo y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento.
Este miércoles el Ministerio de Economía oficializó una serie de bajas en las obligaciones fiscales y aduaneras. Conocé los detalles.